Esta forma estricta y rígida de concebir la gestión pública, está plasmada en
instrumentos internacionales, y ha sido reconocida a nivel mundial
la labor colombiana de consagrar herramientas jurídicas vinculantes
para nuestro país en la lucha contra la corrupción.
Son instrumentos
del derecho internacional incorporados al derecho interno, entre
otros, los siguientes, Convención Interamericana contra la
Corrupción
[1]
, la ley 800 de 2003 que formula
legalmente la convención
contra el crimen organizado, la Convención Interamericana sobre Asistencia
Mutua en Materia Penal,
Un criterio contenido
en el Código
de Conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, emitido por la Organización
de Naciones Unidas, que dice
en su artículo 7°: “Los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley, no cometerán ningún
acto de corrupción, también se opondrán rigurosamente
a todos los actos
de esa índole y los combatirán”,
y a renglón seguido se
comenta: “Ello implica que cualquier
acto de corrupción,
lo mismo que cualquier otro abuso de autoridad, es incompatible
con la profesión de funcionario encargado de hacer cumplir la ley; debe de aplicarse la ley con
todo el rigor a cualquier
funcionario encargado de hacerla cumplir que cometa un acto de corrupción, ya que los gobiernos
no pueden pretender hacer
cumplir la ley a sus ciudadanos si no pueden o no quieren aplicarla contra
sus propios agentes y en sus propios organismos.” Es como decir,
en el lenguaje coloquial, “la disciplina entra por casa”, o mejor,
en materia de honestidad, es mejor ser que parecer.
La Ley 734 de 2002 conocida como Código
Único Disciplinario, señala 34 conductas prohibidas
para el servidor público, además de las señaladas en la normatividad
constitucional y legal penal o administrativa. Junto con los deberes,
las incapacidades e inhabilidades que expresa este Código, la
normatividad es prolija y se diría suficiente para atacar la corrupción
administrativa.
La Ley 836 de 2003 por la cual se
expidió el reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas
Militares, trae 83 conductas tipicadas como faltas
graves y gravísimas. Entre ellas, las relacionadas con
relaciones con los carteles de la droga, tan tristemente célebres
por el compromiso de varios oficiales de la Fuerza Pública que
se han valido de sus funciones para devolver cargamentos de substancias
psicoactivas decomisadas a los narcotraficantes.
Los procesos de remoralización
pasan por los ámbitos personal, familiar, vecinal, empresarial
y de la sociedad en general, y si no se ven los ejemplos que impulsen
comportamientos éticos, primará la desconfianza y el temor a las
represalias de los corruptos y de los violentos. Pero es necesario
un complemento muy importante: la cultura ciudadana para la profundización
de la democracia: como dice el Profesor Josef Thesing, “sin
demócratas no puede existir la democracia”.
Lastimosamente,
a la par de una sobresaliente normatividad sobre el tema, Colombia
ha sido catalogada como uno de los países de mayor corrupción.
La percepción de los colombianos es que el 94% de ellos señala
la corrupción como uno de los problemas más graves que enfrenta
la sociedad colombiana y el Estado. Y el epicentro de la corrupción
se centra en la categoría nueva de “captura del Estado”, como botín de los corruptos,
sean del cartel de los grandes contratistas u oligopolios, o del
cartel de la gasolina o de los estupefacientes, de la delincuencia
organizada, de las guerrillas o de los paramilitares.
[2]
Una investigación muy importante de la prensa capitalina
nos remite a los hechos delictivos que se han implantado desde
hace varios años mediante carteles, en el artículo investigativo
“Tras el oro negro”.
Esta realidad
en lo político, según la encuesta citada, se traduce en la percepción
del 71% de los empresarios en que es muy usual hacer contribuciones
a las campañas políticas; el 55% considera que esta práctica es
determinante para influir en las decisiones políticas, legislativas
y del alto gobierno, que los afecta; el 64% estima que muy frecuentemente
el dinero proveniente del soborno se destina al financiamiento
de las campañas políticas, y el 66% de los empresarios consultados,
indica que con alta/mediana frecuencia, el soborno será compartido
con un político o partido político.